Planes de pensiones asociados
Un plan de pensiones del sistema asociado es aquel plan promovido por una asociación, mutualidad o colegio profesional, y cuyos partícipes deben ser asociados, miembros o afiliados del promotor.
Contingencias cubiertas:
Al igual que ocurre con el resto de las modalidades de planes de pensiones, los planes de pensiones asociados son un instrumento de ahorro a largo plazo, con una fiscalidad muy favorable, cuyo objetivo es proporcionar un complemento a la pensión de jubilación de la Seguridad Social y que, por tanto, cubren las contingencias de Jubilación, Invalidez, Fallecimiento y Dependencia, siempre que así este establecido en las especificaciones del Plan.
Además, existen supuestos excepcionales de liquidez por los que se puede rescatar el dinero ahorrado. Estos supuestos son: desempleo de larga duración y enfermedad grave.
Modalidades de Rescate:
La manera de percibir cualquiera de las contingencias anteriormente citadas puede ser de diferentes formas: en forma de capital (total o parcial), en forma de renta o en forma mixta (parte en forma de renta y otra parte en forma de capital). También se podrán realizar disposiciones sin periodicidad regular.
Así mismo, el Plan de Pensiones Asociado, a diferencia de los planes individuales, estará basado en un Reglamento que recogerá las especificaciones que se adapten a las necesidades de este colectivo y cuenta con la supervisión de la Comisión de Control del Plan, formada por representantes de la propia Asociación.
Una vez constituido el plan, deberá integrarse en un Fondo de Pensiones con el perfil de riesgo-rentabilidad estimado que se adecue al colectivo. En Santander Pensiones, E.G.F.P., contamos con una amplia gama de Fondos para cubrir estas necesidades.
Principales beneficios:
Comisiones más competitivas que la media del mercado, por lo que es probable obtener una mayor rentabilidad futura para perfiles de riesgo equivalentes. |
Se establece una Comisión de Control |
Se pueden traspasar de entrada, posiciones en otros |
La adhesión es voluntaria, y además se Permite el traspaso de los derechos a otro plan en cualquier momento y sin coste alguno. |
Los planes asociados, a fondo:
¿Qué régimen fiscal tiene un plan asociado?
Los Planes de Pensiones son los únicos instrumentos financieros que permiten reducir la base imponible del I.R.P.F. del Partícipe en el 100% de las cantidades aportadas, sin exceder de la menor de las siguientes cantidades:
- El 30%de los rendimientos netos del trabajo y de actividades económicas percibidos individualmente en el ejercicio.
- 1.500 euros anuales.
Además, el Derecho Consolidado que mantiene el Partícipe en el Plan no tributa en el Impuesto sobre el Patrimonio. En caso de fallecimiento del Partícipe, las prestaciones percibidas no tributan en el Impuesto sobre Sucesiones y Donaciones, sino que tributan en el I.R.P.F. del Beneficiario como rendimientos del trabajo.
¿Qué información recibirá el partícipe asociado?
Cada partícipe recibirá un certificado de adhesión al plan, un extracto trimestral de las aportaciones realizadas y un certificado fiscal. Además, siendo cliente de Banco Santander, podrá obtener toda la información relativa a su plan de pensiones a través de la página www.bancosantander.es y de la app, donde también podrá realizar aportaciones extraordinarias, modificar datos, realizar simulaciones, etc.
¿Con qué frecuencia pueden hacerse las aportaciones?
Cada partícipe/asociado de forma personal, elegirá la periodicidad de aportación (mensual, trimestral, semestral, anual) o realizar aportaciones extraordinarias.
¿Se puede modificar el importe o la periodicidad de las aportaciones, así como interrumpirlas en algún momento?
El partícipe puede modificar el importe y la periodicidad de las aportaciones en cualquier momento, incluso puede dejar de hacer aportaciones a su Plan, suspendiendo las mismas de forma temporal o indefinida, y pudiendo reanudarlas cuando desee. El capital acumulado en el momento de suspender las aportaciones continuará evolucionando acorde a las inversiones financieras del fondo.
¿Es posible aportar a varios planes de pensiones además del plan de mi asociación?
Las aportaciones a los Planes de Pensiones Asociados son compatibles con las efectuadas a otros planes de pensiones, siempre y cuando el conjunto de dichas aportaciones no exceda del máximo legal establecido.
¿Qué cantidad debería aportar al plan cada año?
La que permita acumular un capital con el que pueda seguir manteniendo su nivel de vida en el momento de la jubilación, teniendo en cuenta los límites de aportación establecidos en la legislación vigente.
El presente contenido está concebido con carácter informativo y en ningún caso constituye un elemento contractual, ni una recomendación, ni asesoramiento personalizado, ni oferta, ni solicitación. Se debe consultar el DDFP (Documento de Datos Fundamentales para el Partícipe) antes de tomar cualquier decisión de inversión, suscripción o compra de acciones o participaciones o desinversión en www.santanderassetmanagement.es o a través de los comercializadores autorizados, que deberán entregar la información legal del fondo conjuntamente con esta documentación. No se ha comprobado que los datos contenidos en este documento respondan a los requisitos de comercialización de todos los países de venta ya que solo se trata de un documento de información y no de comercialización del producto. Este producto no puede comercializarse a personas estadounidenses o residentes en Estados Unidos. Para cualquier información relativa al producto puede dirigirse a SANTANDER PENSIONES, S.A. EGFP (Paseo de la Castellana nº24 – 28006 – MADRID, sociedad gestora registrada en la Dirección General de Seguros (DGS) con el número G-0080.
El Depositario de los fondos es Caceis Bank Spain, S.A.U. (Parque Empresarial La Finca. Paseo Club Deportivo 1 – Edificio 4, Planta 2. 28223. Pozuelo de Alarcón. Madrid). La inversión en planes de pensiones u otros productos financieros indicados en el presente documento pueden estar sujetos a riesgos de inversión: riesgo de mercado, riesgo de crédito, emisor y contraparte, riesgos de liquidez, riesgos de divisa y, en su caso, riesgos propios de mercados emergentes. Adicionalmente si los fondos materializan sus inversiones en hedge funds, o en activos o fondos inmobiliarios, de materias primas o de private equity, se pueden ver sometidos a los riesgos de valoración y operacionales inherentes a estos activos y mercados así como a riesgos de fraude o los derivados de invertir en mercados no regulados o no supervisados o en activos no cotizados. Las rentabilidades del pasado no son indicativas de resultados en el futuro. La categoría de riesgo 1 de un fondo, no significa que la inversión esté libre de riesgo.
Cualquier mención a la fiscalidad debe entenderse que depende de las circunstancias personales de cada inversor y que puede variar en el futuro. Es recomendable pedir asesoramiento personalizado al respecto antes de tomar ninguna decisión de inversión. La información contable o de mercado incluida en este documento ha sido recopilada de fuentes que SANTANDER PENSIONES, S.A. EGFP considera fiables, aunque no ha confirmado ni verificado su exactitud o que sea completa. SANTANDER PENSIONES, S.A. EGFP no asume responsabilidad alguna por el uso de la información contenida en este documento.