Un Plan de Pensiones del sistema Asociado es aquel plan promovido por una asociación, mutualidad o colegio profesional, y cuyos participes deben ser asociados, miembros o afiliados del promotor.
Al igual que ocurre con el resto de modalidades de Planes de Pensiones, los Planes de Pensiones Asociados son un instrumento de ahorro a largo plazo, con una fiscalidad muy favorable, cuyo objetivo es proporcionar un complemento a la pensión de jubilación de la Seguridad Social y, que por tanto, cubren las contingencias de Jubilación, Invalidez, Fallecimiento y Dependencia, siempre que así este establecido en las especificaciones del Plan.
Además, existen supuestos excepcionales de liquidez por los que se puede rescatar el dinero ahorrado. Estos supuestos son: desempleo de larga duración y enfermedad grave.
La manera de percibir cualquiera de las contingencias anteriormente citadas puede ser de diferentes formas: en forma de capital (total o parcial), en forma de renta o en forma mixta (parte en forma de renta y otra parte en forma de capital). También se podrán realizar disposiciones sin periodicidad regular.
Así mismo, el Plan de Pensiones Asociado, a diferencia de los planes individuales, estará basado en un Reglamento que recogerá las especificaciones que se adapten a las necesidades de este colectivo y cuenta con la supervisión de la Comisión de Control del Plan, formada por representantes de la propia Asociación.
Una vez constituido el plan, deberá integrarse en un Fondo de Pensiones con el perfil de riesgo-rentabilidad estimado que se adecue al colectivo. En Santander Pensiones, E.G.F.P., contamos con una amplia gama de Fondos para cubrir estas necesidades.