Los planes de Promoción Conjunta son planes de empleo iniciados por la Gestora, promovidos por dos empresas, y posteriormente abiertos para la integración de las PYMES que lo deseen.

Es un producto destinado a pequeñas y medianas empresas con un número reducido de empleados y con difícil acceso a constituir un plan de pensiones de promoción única o exclusiva.

Estos planes de promoción conjunta disponen de sus propias Especificaciones (Reglamento), como condiciones generales, dónde se regula el funcionamiento del Plan. (Altas y bajas de participes, prestaciones, etc.). Así mismo, cada una de las empresas adheridas dispondrá de un Anexo propio a dichas Especificaciones a modo de condiciones particulares, regulando el pacto alcanzado en cada una de ellas. (Régimen de aportaciones, premisas para la adhesión, etc.)

Tienen el mismo régimen fiscal de los planes del sistema de empleo, haciendo deducibles las aportaciones empresariales sin carga fiscal para los empleados.

 

  • Incentiva y fideliza a la plantilla.
  • Dadas las circunstancias económicas y demográficas actuales, hace que sea imprescindible acumular un complemento a la pensión de la Seguridad Social.
  • Conlleva importantes ventajas fiscales tanto para la empresa como para sus empleados:
  • Las aportaciones del Promotor (empresa) son íntegramente deducibles como gasto en el Impuesto de Sociedades.
  • Las aportaciones de los partícipes (empleados) son íntegramente deducibles en el IRPF con la consiguiente reducción en la Base Imponible.
  • Se puede hacer un seguimiento de las inversiones con acceso on-line a la información financiera y recibir un servicio totalmente personalizado.
  • La flexibilidad en cuanto a las aportaciones es muy amplia ya que se pueden adaptar las contribuciones a la situación financiera de cada Pyme e incluso suspenderlas en caso de resultados adversos.
  • Acceso sencillo e inmediato evitando los costes y trámites burocráticos que conlleva la creación de un plan de promoción única.
  • Disponemos de una amplia gama de planes con distintos perfiles de riesgo para que puedan escoger el que más se adecue a las características e intereses de su colectivo.
  • Tenemos unos límites mínimos ya que el trabajo burocrático y legal que conlleva este tipo de productos, hace que por debajo de esos volúmenes no se justifique.