Fiscalidad Seguro Colectivos de Jubilación

 

En los Seguros Colectivos el tratamiento fiscal va a depender de si se imputan o no las primas aportadas por la empresa al empleado. Aunque la práctica habitual es que no se imputen, veamos a continuación las opciones:

Fiscalidad para el tomador (la empresa)

  • Si las primas pagadas son imputadas al empleado estas se deducen del Impuesto de Sociedades.
  • Si las primas pagadas no se imputan, se produce un diferimiento fiscal al momento de percepción de las prestaciones por los beneficiarios. Es decir, en el momento del rescate, la empresa se podrá deducir las primas como gasto en el Impuesto de Sociedades.

Fiscalidad para el empleado

De nuevo, existen diferencias en función de si las primas pagadas son imputadas al empleado o no.

  • Si se imputan las primas, estas se consideran como retribución en especie y se integran en la base de cotización a la Seguridad Social.
  • Si no se imputan, las primas no tienen repercusión fiscal para el empleado.

Fiscalidad para el beneficiario

  • Si se imputan las primas y el beneficiario es el asegurado, es decir, en caso de incapacidad o jubilación del empleado, estas se consideran rendimientos del trabajo.
  • Si se imputan las primas, pero el beneficiario no es el asegurado (por fallecimiento), se ven afectadas por el impuesto de sucesiones y donaciones.
  • Si no se imputan las primas y el beneficiario es el asegurado, se fiscalizan como rendimiento del trabajo por el 100% prestación.
  • Si se imputan las primas, pero el beneficiario no es el asegurado de nuevo se ven afectadas por el impuesto de sucesiones.

Las prestaciones derivadas de contingencias acaecidas a partir del 1 de enero de 2007 por seguros colectivos contratados antes del 20 de enero de 2006 se verán afectadas por el régimen transitorio de la Ley 35/2006, de 28 de noviembre, del IRPF.

*Fiscalidad en territorio común.


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Cualquier mención a la fiscalidad debe entenderse que depende de las circunstancias personales de cada inversor y que puede variar en el futuro. Es recomendable pedir asesoramiento personalizado al respecto antes de tomar ninguna decisión de inversión. La información contable o de mercado incluida en este documento ha sido recopilada de fuentes que SANTANDER PENSIONES, S.A. EGFP considera fiables, aunque no ha confirmado ni verificado su exactitud o que sea completa. SANTANDER PENSIONES, S.A. EGFP no asume responsabilidad alguna por el uso de la información contenida en este documento.