Preguntas Frecuentes – Planes de Pensiones

 

¿Qué es un Plan de Pensiones?

Es un producto financiero de ahorro para la jubilación, integrado dentro de los Fondos de Pensiones. Son gestionados por profesionales que invierten en distintos activos con un objetivo de rentabilizar el patrimonio. Así le permiten beneficiarse de determinadas ventajas fiscales.

Todos los fondos y planes de pensiones de Santander Pensiones están registrados ante la Dirección General de Seguros y Fondos de Pensiones (DGS) y cuentan con un depositario independiente encargado de custodiar los activos subyacentes.

Diversificación y eficiencia.

Acceda a diferentes mercados y activos en condiciones más favorables a las que tendría en el caso de acceder de forma individual. Además, esta diversificación reduce el riesgo de invertir en un solo activo, bono o acción.

Gestión Profesional

Las decisiones de inversión son tomadas por un inversor profesional, con amplios conocimientos y dedicación plena a la gestión. Un aspecto de gran relevancia en entornos de mercados inciertos y cambiantes.

Fiscalidad

Un plan de pensiones puede suponer un importante ahorro fiscal que será mayor cuanto mayor sea el nivel de renta del partícipe. Este ahorro se produce gracias a que el importe de las aportaciones reduce la base imponible general del IRPF, siempre y cuando obtenga rendimientos del trabajo o de actividades económicas.

El límite de la aportación anual es 1.500 euros y el límite reducción fiscal se fija en la menor de las cantidades siguientes: la cantidad aportada o el 30 % de los rendimientos netos del trabajo y de actividades económicas percibidos en el ejercicio. Adicionalmente, si el cónyuge no obtiene rendimientos netos del trabajo ni de actividades económicas o los obtiene en cuantía inferior a 8.000 euros anuales, podrá reducir de su base imponible general del IRPF las aportaciones realizadas a los planes de pensiones de los que sea titular el cónyuge con el límite máximo de 1.000 euros anuales.

Una vez empiece a cobrar el plan de pensiones, las cantidades percibidas (prestaciones) tienen consideración fiscal de rendimientos del trabajo, por lo que tributan en el IRPF del partícipe/contribuyente.

Dado que la forma de percibir las prestaciones es flexible es importante asesorarse sobre la manera que sea más beneficiosa para usted desde el punto de vista fiscal. En caso de fallecimiento del titular del plan de pensiones, los beneficiarios tributarán por las cantidades percibidas como rendimientos del trabajo en su declaración del IRPF. No están sujetas al impuesto sobre Sucesiones y Donaciones.

Esta información es conforme a la legislación vigente y podría modificarse en el futuro.

Dentro de la Gama de Santander Pensiones podrá encontrar una amplio abanico de planes de pensiones en los que podrá invertir a través de varios activos (letras, bonos, acciones…) y diferentes áreas geográficos.

A la hora de invertir tenga en cuenta:

  • Su perfil de riesgo.
  • El horizonte temporal de su inversión.
  • Las expectativas de rentabilidad.

A través de nuestro simulador, en función de su edad, su capacidad de ahorro y sus expectativas de rentabilidad, podrá conocer cuáles son los planes que mejor se adapten a sus necesidades y enlazar con la contratación.

Si lo prefiere, también puede acudir a su oficina más cercana de Banco Santander.

Puede rescatar su plan de pensiones cuando se jubile. Existen diversas formas para cobrar lo ahorrado en su plan de pensiones.  Aunque también puede hacerlo antes, en casos excepcionales, como gran invalidez, enfermedad grave o desempleo de larga duración, entre otros. 

Es recomendable que antes de decidirse por una de ellas, se asesore sobre cuál es la que le resulta más beneficiosa desde el punto de vista fiscal. Las formas de cobro son:

  • Capital: se percibe la prestación en un único cobro.
  • Rentas financieras: se fija la cantidad que desea recibir y la periodicidad hasta el fin del capital acumulado. De esta forma, se beneficia de la rentabilidad que va generando el fondo de pensiones con el capital no consumido. Esta fórmula se adapta a sus necesidades económicas de cada momento, porque le permite modificar libremente los importes y la periodicidad del cobro.
  • Rentas aseguradas: las cantidades que percibe se fijan y contratan con una entidad aseguradora, lo que le garantiza el cobro de la renta en el plazo previamente fijado. Las condiciones de esta renta no se pueden modificar posteriormente.
  • Cobros sin periodicidad regular: se dispone del dinero en forma de pagos sin una periodicidad establecida.
  • Mixta: se cobra la prestación combinada, una parte en forma de capital y otra en forma de rentas financieras. La combinación de la forma de cobro se puede modificar libremente.

Dependiendo del porcentaje de inversión en high yield (renta fija de baja calidad crediticia) , en crédito, el plazo de inversión, tipo de emisor y la duración que cada cliente esté dispuesto a asumir existirá un plan de pensiones adecuado para cada perfil de riesgo y horizonte de inversión.

Tanto los planes de renta fija como lo monetarios, aunque estos en menor grado, están sujetos como todo activo financiero a diversos riesgos. Estos riesgos variarán dependiendo de las características de cada producto. Entre ellos cabe mencionar,  riesgos de mercado, de crédito, de tipo de interés, de emisor y contrapartida, de liquidez, de cambio de moneda por fluctuaciones de valor, de inversión en derivados . Previa a cualquier decisión de inversión el cliente deberá consultar el Documento de Datos Fundamentales para el Participe (DDFP) en el caso de planes de pensiones o el Documento de Información Previa (DIP) para las EPSVs, donde se recogen las características y riesgos de cada producto.

 

Los planes de pensiones mixtos como toda inversión en mercados financieros están sujetos a diferentes riesgos, estos variarán dependiendo de los activos en los que estén invertidos. Entre ellos cabe mencionar, riesgo de crédito, de tipo de interés, de liquidez, de tipo de cambio, de concentración geográfica así como riesgo de mercado por inversión en renta variable y de inversión en instrumentos derivados. Previa a cualquier decisión de inversión el cliente deberá consultar el Documento de Datos Fundamentales para el Participe (DDFP) en el caso de planes de pensiones o el Documento de Información Previa (DIP) para las EPSVs, donde se recogen las características y riesgos de cada producto.

Estos productos de inversión se diferencian del resto de activos por su mayor exposición a renta variable, esto además de permitir una búsqueda de rentabilidad más atractiva conlleva una serie de riesgos que el inversor debe asumir, como son el riesgo de mercado por inversión en renta variable, riesgo de crédito, de tipo de interés, de liquidez, de tipo de cambio, de concentración geográfica o de inversión en instrumentos derivados.

Previa a cualquier decisión de inversión el cliente deberá consultar el Documento de Datos Fundamentales para el Participe (DDFP) en el caso de planes de pensiones y el Documento de Información Previa (DIP) para las EPSVs, donde se recogen las características y riesgos de cada producto.

La estrategia de Ciclo de Vida consiste en llevar a cabo un planificación del ahorro a largo plazo que adapta su nivel de riesgo a las distintas fases del ahorro para la jubilación. Porque no es lo mismo ahorrar si le faltan 10 años para jubilarse, que si le faltan 25 años.

Por eso, la gama Mi Proyecto Santander le ofrece un plan de pensiones único adaptado a la edad del cliente, que automáticamente irá reduciendo el riesgo cada año, para proteger su ahorro acumulado.

A diferencia de otros planes, no tiene que preocuparse de cambiar de plan con el paso del tiempo. 

No hay dudas, tenemos que empezar a ahorrar cuanto antes y de forma constante.

Las aportaciones periódicas nos ayudan a:

Realizar un menor esfuerzo financiero. Si empezamos antes, el esfuerzo es menor. Cuanto más se espera, mayor será el esfuerzo.

Acumular más capital, aprovechamos la ventaja del interés compuesto. Nuestro ahorro es más productivo.

Asumir menores riesgos. Las aportaciones periódicas permiten una inversión más estable.

En enero de 2015 se estableció el supuesto de liquidez para aquellas aportaciones con al menos 10 años de antigüedad a fecha 1 de enero de 2025.

NO se establecen limitaciones de importe ni condicionantes adicionales para la disponibilidad de los derechos consolidados. Por tanto, los derechos correspondientes a aportaciones realizadas antes del 1 de enero de 2016, podrán hacer efectivos en su totalidad a partir del 1 de enero de 2025.